Lo que cotizó en Colpensiones también es suyo

Si tiene pensión del FOMAG y también trabajó en colegios o empresas privadas, esos aportes pueden darle un derecho aparte. Revisamos su caso gratis.

Abogada revisa una historia laboral con un resaltador junto a su cliente

Entidades, normas y sentencias que analizamos

  • FOMAG
  • Colpensiones
  • Fiduprevisora
  • ISS
  • Secretarías de Educación
  • Ley 100 de 1993
  • Decreto 692 de 1994
  • SL3108-2023
  • C-197 de 2023
  • Ley 2381 de 2024

Quiénes somos

Abogados en pensiones para docentes del Magisterio

  • 2003

    27 de junio: corte del régimen FOMAG

  • 4 meses

    Para que Colpensiones resuelva

  • 10 días

    Para recurrir una decisión

  • 2027

    1 de abril: rige la reforma pensional

Cómo trabajamos

Cuatro pasos hasta el pago

  1. Una llamada o un mensaje de WhatsApp. Le preguntamos lo justo para saber si vale la pena revisar sus documentos, sin costo.

  2. Revisamos su resolución FOMAG y su historia laboral período por período, para separar lo que usó su pensión docente de lo que todavía puede reclamar.

  3. Si su caso es viable, le decimos qué puede pedir, ante quién y cuánto cuesta. Si no lo es, también se lo decimos.

  4. Radicamos ante Colpensiones, recurrimos si niegan o liquidan mal y verificamos que el pago coincida con lo que la ley le reconoce.

Por qué Mesada

Una firma que trabaja diferente

  • Le hablamos claro

    Su caso explicado sin tecnicismos y por escrito, no un informe que necesite otro abogado.

  • Honorarios por escrito

    Sabe cuánto cuesta cada etapa antes de empezar. Sin sorpresas.

  • Su pensión, primero

    Antes de pedir una indemnización sustitutiva, verificamos si puede pensionarse.

  • Casos con fundamento

    Si sus semanas ya financiaron su pensión docente, se lo decimos antes de iniciar un trámite.

  • El dinero llega a usted

    Colpensiones o el FOMAG le pagan directamente. Nunca manejamos su dinero.

  • Hasta el pago íntegro

    Conciliamos lo reconocido contra lo pagado y reclamamos cualquier diferencia.

Respaldo jurisprudencial

Lo que la Corte Suprema ya reconoció

Docente pensionado lee una carta junto a la ventana de su casa

La pensión oficial docente puede coexistir con la indemnización sustitutiva de Colpensiones cuando esta proviene de cotizaciones privadas separadas.

Corte Suprema de JusticiaSala de Casación Laboral · SL3108-2023Regla resumida
  • Antes de 2003

    Afiliación al FOMAG previa al 27 de junio

  • Decreto 692

    Permitió elegir quién administraba los aportes

  • Sin prescripción

    Indemnización sustitutiva (SL4559-2019)

Jurisprudencia

Lo que han dicho los jueces

Reglas resumidas en lenguaje sencillo; no son citas textuales.

  • La pensión docente y la indemnización sustitutiva de Colpensiones pueden coexistir cuando esta sale de cotizaciones privadas separadas.

    Corte Suprema de JusticiaSL3108-2023 · Rad. 91158
  • Una pensión FOMAG construida con servicio oficial no impide reclamar los derechos que nacen de aportes privados independientes.

    Corte Suprema de JusticiaSL3775-2021
  • El derecho a la indemnización sustitutiva no se extingue por prescripción, como otras dimensiones esenciales del derecho pensional.

    Corte Suprema de JusticiaSL4559-2019
  • Para la indemnización sustitutiva de un servidor público importa que se haya retirado efectivamente del servicio.

    Corte Suprema de JusticiaSL148-2023
  • El requisito de semanas para las mujeres baja de forma gradual: 1.250 semanas en 2026, en camino a 1.000.

    Corte ConstitucionalC-197 de 2023
  • Las normas que estructuran el nuevo sistema pensional de la Ley 2381 de 2024 empiezan a regir el 1 de abril de 2027.

    Corte ConstitucionalC-264 de 2026

Siguientes pasos

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

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¿Quién puede tener derecho a una prestación en Colpensiones?

Docentes con pensión FOMAG que también cotizaron al ISS o a Colpensiones en empleos privados, si FOMAG no usó esas semanas.

¿Pensión de vejez o indemnización sustitutiva?

Pensión si cumple edad y semanas; indemnización sustitutiva si cumple la edad pero no las semanas. Siempre revisamos primero la pensión.

¿La revisión de mi caso tiene costo?

No. La primera revisión es gratuita y confidencial. Si el caso es viable, recibe una propuesta escrita con honorarios por etapa.

¿Garantizan el resultado?

No. Ningún abogado puede garantizarlo. Revisamos antes de aceptar el caso y buscamos el pago íntegro de lo legalmente exigible.

¿Ustedes reciben mi dinero?

No. Colpensiones o FOMAG le pagan directamente a usted.

¿Atienden en toda Colombia?

Sí, de forma virtual, ante la Secretaría de Educación que corresponda a su caso.