Pensión o indemnización sustitutiva
Pedimos ante Colpensiones la prestación que le corresponde, con prueba de compatibilidad.
Qué hacemos
Si cumple la edad y las semanas, solicitamos la pensión de vejez. Si cumple la edad pero no las semanas y no puede seguir cotizando, solicitamos la indemnización sustitutiva. En ambos casos radicamos la solicitud completa, con la matriz que demuestra que las cotizaciones reclamadas no se usaron para su pensión del Magisterio.
Para quién es
Docentes con pensión FOMAG y cotizaciones privadas separadas en el ISS o en Colpensiones, y personas que ya cumplieron la edad de pensión y necesitan decidir entre pensión e indemnización.
Problemas que resolvemos
- No sabe si cumple los requisitos de pensión o solo los de indemnización
- Teme perder una pensión por pedir la indemnización antes de tiempo
- Colpensiones le negó la prestación por tener pensión docente
- No sabe qué documentos exige Colpensiones
Qué puede esperar
Antes de radicar simulamos las dos opciones para que decida con cifras: la indemnización sustitutiva reemplaza a la pensión y no conviene pedirla si todavía puede pensionarse. Colpensiones tiene hasta cuatro meses para resolver una solicitud completa; mientras tanto controlamos los términos y le informamos cada novedad.
Cómo cobramos
La primera revisión es gratuita y confidencial. Si su caso es viable, recibe una propuesta escrita con los honorarios de cada etapa antes de firmar nada.
